El Ministerio del Ambiente, mediante la Resolución Ministerial 197-2020-MINAM del 29 de septiembre, aprobó la conformación de la Plataforma de Pueblos Indígenas para enfrentar al Cambio Climático.
De acuerdo al documento, esta plataforma se crea como “un espacio de los pueblos indígenas u originarios, encargado de gestionar, articular, intercambiar, sistematizar, difundir y hacer seguimiento de sus propuestas de medidas de adaptación y mitigación de los pueblos indígenas u originarios, así como de sus conocimientos, prácticas y saberes tradicionales y ancestrales en cambio climático que contribuyen a la gestión integral del cambio climático. Por la naturaleza de sus funciones tiene carácter permanente”.
Asimismo, en el artículo 2 de la norma se lee que la Plataforma estará conformada por 18 miembros (dos por institución u organización indígena). El Estado estará incluido mediante la presencia de dos representantes del Ministerio del Ambiente, que además ostentará la presidencia, y dos del Ministerio de Cultura.
El resto de los integrantes serán miembros de las siguientes organizaciones: Asociación Interétnica para el Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP), la Confederación Campesina del Perú (CCP), la Confederación Nacional Agraria (CNA), la Confederación de Nacionalidades Amazónicas del Perú (CONAP), la Federación Nacional de Mujeres Campesinas, Artesanas, Indígenas, Nativas y Asalariadas del Perú (FENMUCARINAP), la Organización Nacional de Mujeres Andinas y Amazónicas del Perú (ONAMIAP) y la Unión Nacional de Comunidades Aymaras (UNCA).
“Si bien la inclusión de las organizaciones de pueblos indígenas es un avance, el verdadero reto se da en el poder de decisión y la influencia que tenga este espacio en lo que concierne al Cambio Climático”, explica la asesora legal del Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (CAAAP), Andrea Bernal, “esto es de mucha relevancia, pues definir estas acciones será lo que marcará la diferencia entre formar un espacio que sirva de “mesa de partes” o un espacio que tenga un impacto real en la toma de decisiones sobre la problemática”.
Esta Plataforma deberá estar instalada en un plazo no mayor a 10 días hábiles, es decir, en las primeras semanas de octubre, y contará con el apoyo permanente de la Dirección General de Cambio Climático y Desertificación del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente como área encargada de la Secretaría Técnica.
Respecto a la participación de otros actores, esta también se contempla en la Resolución Ministerial. “La Plataforma puede convocar a expertos/as y a otras entidades competentes en la materia de cambio climático y en derechos de pueblos indígenas u originarios; Los/as integrantes de la Plataforma asisten a las sesiones con sus asesores/as técnicos/as”, se detalla.
Fuente: CAAAP
Foto: CAAAP
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