En una histórica sentencia, el 11 de febrero de 2019, la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios confirmó la sentencia de primera instancia que reconoce los derechos a la consulta previa, propiedad territorial, autonomía, vida e integridad física, salud, ambiente y agua de la comunidad nativa “Tres Islas”.
Esta resolución declaró la nulidad de las concesiones mineras, predios agrícolas y los derechos de uso de agua otorgados a terceros, sin consulta previa, por el Gobierno Regional de Madre de Dios (GOREMAD), la autoridad Nacional del Agua (ANA) y el Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI). También ordena el cese de todas las actividades derivadas de dichas concesiones y licencias, para lo cual, dispone el apoyo de la Policía Nacional.
La sentencia de segunda instancia obliga a los demandados “reponer las cosas al estado anterior a las concesiones” y, por ende, descontaminar, reforestar, atender la salud y proveer agua segura a la Comunidad.
Este logro se ha dado gracias a largos años de lucha y resistencia por parte de la Comunidad Nativa “Tres Islas”, compuesta por descendientes de Pueblos Shipibo y Ese’Eja, ubicada en el departamento de Madre de Dios.
Con respecto a la decisión tomada por la Corte, el presidente de la comunidad, César Estanico, declaró: “Me siento muy orgulloso por esta sentencia, porque es el resultado de la lucha de la comunidad. Agradezco que el Poder Judicial, esta vez, nos haya escuchado y esperamos que también escuche a otras comunidades que tienen los mismos problemas”.
“Esta sentencia marca un hito en la historia jurídica del país, por ser la primera sentencia definitiva que, en cumplimiento de los estándares internacionales, declara la nulidad de actos administrativos que afectan a Pueblos Indígenas, emitidos sin consulta previa”, dijo la abogada defensora de la Comunidad, Raquel Yrigoyen Fajardo, miembro del Instituto Internacional de Derecho y Sociedad (IIDS).
Cabe recordar que, en el año 2012, la comunidad ganó una primera sentencia emblemática ante el Tribunal Constitucional (TC) que garantiza la autonomía y la propiedad territorial indígena frente al ingreso de mineros y taladores ilegales en el territorio de la Comunidad.
Fuente: CAAAP
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